lunes, 30 de marzo de 2009
Prestación contributiva.
domingo, 29 de marzo de 2009
Subsidio/protección, que no renta mínima.

¿Tendré derecho a percibir el subsidio por desempleo encontrándome en la siguiente situación?
d) Los trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.
Los requisitos.
Para que se reconozca el subsidio es necesario:
Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
Inscribirse como demandante de empleo en un plazo de quince días desde que se produjo la situación legal de desempleo.
Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), sin incluir las pagas extraordinarias.
Tener cotizados en Seguridad Social al menos 3 meses, en el supuesto de tener responsabilidades familiares o de 6 meses, si se carece de ellas y no haber cubierto el periodo mínimo de cotización para tener derecho a la prestación contributiva.
La duración.
La duración del subsidio estará en función de los días cotizados y de si el desempleado tiene o no responsabilidades familiares.
Si tiene responsabilidades familiares: Tendrá derecho a un subsidio de 3, 4 o 5 meses si tiene cotizado un periodo de 3, 4 o 5 meses respectivamente y de hasta 21 meses si ha cotizado un periodo de 6 meses o más.
Si no tiene responsabilidades familiares: Será de 6 meses si tiene cotizados 6 o más meses.
La cuantía.
La cuantía ascenderá al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente sin incluir en el cómputo las pagas extraordinarias.
Mañana iré a por un A-106 y un B-118, de información prestaciones y prestaciones respectivamente, sin olvidar DNI, demanda de empleo, justificante de los ingresos obtenidos en el mes anterior y certificado de empresa como ya sabemos.
martes, 17 de marzo de 2009
La receta
1. Incentivos a la contratación a tiempo parcial.
2. Uso de las prestaciones por desempleo para bonificar las cotizaciones sociales.
3. Contador a cero en los ere para la prestación del paro.
4. Aplazamiento de cuotas a la seguridad social.
5. Eliminación del periodo de espera para la transición de la prestación al subsidio.
6. Compromiso con el empleo tras la suspensión temporal en un ERE. 7. Refuerzo de los servicios públicos de empleo.
Posología: la dosis deberá ajustarse de acuerdo con la gravedad y respuesta del paciente.
Dr. Corbacho.
domingo, 8 de marzo de 2009
8 de marzo (parte II)
8 de marzo
Assesment center, balanced scorecard, benchmarking, blended learning, brainstorming, cluster, coaching, cultura de empresa, desarrollo personal, e- learning, e- recruting, excelencia, assessment center, análisis DAFO, interin management, inteligencia emocional, insourcing, gestión del conocimiento, feedback 360º, outsourcing, networking, mobbing, mentoring, marketing, varaible pay, trade, stock options, sinergia, program management y performance.
Mi petición, a pesar de todo, ha sido procesada favorablemente.
Nada que decir del 8 de marzo, a ver si pasa el temporal.